| La Procura está en comunicación,
en nombre de la Orden, con la Secretaría de Estado
y con todos los dicasterios de la Curia Romana, excepto en
lo que concierne a la Congregación de las
causas de los Santos, pues esto es competencia propia del
Postulador General.La Procura presenta principalmente los
asuntos a tratar con la Secretaría de Estado, con la
Congregación para los Institutos de Vida Consagrada
y las Sociedades de Vida Apostólica, con la Congregación
para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos y
con la Congregación para las Iglesias Orientales. En
ocasiones, hay también asuntos que deben ser tratados
en las Congregaciones para la Doctrina de la Fe, de los Obispos,
para la Evangelización de los Pueblos y para la Educación
Católica. Además, otros asuntos van a la Penitenciaría
Apostólica, el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica
y el Vicariato de Roma.
Genéricamente
la Procura se ocupa, en el aspecto jurídico, de los
asuntos de la Orden relacionados con la Santa Sede. Estos
asuntos se refieren, principalmente, a las peticiones para
dispensa de los votos religiosos; salidas de la Orden; licencias
y dispensas según el Derecho universal, o en relación
a nuestras Constituciones, que van más allá
de las competencias del Ministro General; autorizaciones,
licencias y Nihil obstat en el campo financiero; confirmación
de los nombramientos de Representante Legal y Asistente Eclesiástico;
legitimaciones y recursos (ante la CIVC-SVA); dispensa de
las obligaciones del celibato; aprobación de los textos
litúrgicos (ante la CCD-DS); las causas mencionadas
arriba, que son competencia de la Congregación para
las Iglesias Orientales; causas particulares (ante la Congregación
para la Doctrina de la Fe); recursos ante el Tribunal Supremo
de la Signatura Apostólica; pasaportes, visados y permisos;
causas particulares (ante la Secretaría de Estado);
convalidación de títulos de estudio (ante la
Congregación para la Educación Católica);
facultades particulares en el foro interno; indulgencias (ante
la Penitenciaría Apostólica); facultades para
el ejercicio del ministerio sacerdotal en Roma (ante el Vicariato
de Roma); consultas particulares de las diversas Congregaciones.
Se hacen también consultas, y se
pide el parecer, a nuestras Curias Provinciales o a otros
Institutos, tanto de hombres como de mujeres, y a las Curias
Diocesanas.
La Secretaría de la Procura General
está constituida en la actualidad por dos personas:
- fr. Vincenzo Mancusi (P. Lombardía)
– Procurador General
-
fr. José Miguel Jiménez
Cohl (P. Cile) - Vice-Procurador General y Secretario
de la Procura, quienes tratan individual o, a veces, colegialmente,
los diversos asuntos según las áreas lingüísticas
de las circunscripciones de la Orden.
Los miembros de la Oficina de la Procura General forman parte
también de la Oficina Técnico Jurídica
de la Orden, a la que compete proveer la información
adecuada y asistencia jurídica al Ministro General
y a su Consejo.
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